martes, 9 de junio de 2015

Vender una moto de circuito

El otro día comentamos que si tenemos una moto de circuito, la mejor decisión es darla de baja temporal. De este modo podremos ahorrar el impuesto de circulación anual, podremos dejar de pasar la ITV y puesto que no la usaremos por la calle, podremos dar de baja el seguro.

El problema llega cuando queremos vender la moto. Nos asaltan dudas y no encontramos la respuesta por ninguna parte. En cada foro de internet afirman una cosa, las gestorías otra... nadie se pone de acuerdo. Como hace unos días he realizado este trámite, os voy a relatar lo que hay que hacer:

Las motos se pueden vender siempre y cuando estén dadas de alta. No es necesario que pasen la ITV, solo habrá que darla de alta y notificar la venta al nuevo titular.

Si vendemos una moto dada de baja definitiva mediante un contrato entre particulares (sin notificar a trafico etc) la moto seguirá siempre a nuestro nombre, de modo que si pasa de mano en mano durante años y termina en poder de Dios sabe quien, y hacen con ella Dios sabe qué dejándola abandonada (un robo por ejemplo)... si la policía o la Guardia Civil comprueba el número de chasis, saldrá nuestro nombre y tendremos un gran problema. Nos tocará demostrar que la vendimos hace años, mostrar el contrato de compraventa que seguramente habremos perdido... un follón.

Lo mejor es vender la moto notificando a tráfico y haciendo la transferencia al nuevo titular. Para ello la moto debe estar dada de alta.

Lo primero de todo, damos por hecho que la moto está sin ITV, sin seguro y dada de baja temporal. La hemos anunciado, hay un interesado que viene a verla y llegamos a un acuerdo. En ese momento podemos firmar el contrato de compraventa de vehículos (nos descargamos uno por internet) y el comprador puede pagar el total de la moto y llevársela.

Lo que tendremos que hacer es cumplimentar dos formularios:

1. El necesario para dar de alta la moto:

https://sede.dgt.gob.es/Galerias/tramites-y-multas/modelos-solicitud/01/Mod.01-ES.pdf

2. El formulario de notificación de venta (el cual debe firmar el comprador):

https://sede.dgt.gob.es/Galerias/tramites-y-multas/modelos-solicitud/02/Mod.02-ES.pdf

A continuación nos vamos a la Jefatura Provincial de Tráfico (solicitando cita previa) y hacemos las dos gestiones. Cada gestión tiene un coste de 8,30 €. Tendremos que identificarnos mediante DNI y eso es todo, desde ese momento la moto estará a nombre del nuevo propietario. Nos darán un justificante del traspaso de titularidad, el cual debemos entregar al comprador. Nuestra labor termina aquí.

El comprador de la moto deberá acudir a la oficina de su comunidad autónoma a pagar el impuesto de transmisiones de vehículos. El impuesto es el 4% del valor de la moto en tablas menos la depreciación por años (para que os hagáis una idea, una GSXR 600 de 2005 son 38 euros). Debe llevar el justificante del cambio de titularidad que le hemos dado. Cuando pague le darán un justificante de pago que debe llevar a la Jefatura Provincial de Trafico, pagar una tasa de 53,40 euros y fin de la historia. Le darán el Permiso de Circulación de la moto con una leyenda que indica que no tiene validez hasta que no pase la ITV.

La moto está a su nombre pero no puede circular con ella. Lo recomendable, es que el comprador haga inmediatamente la baja temporal de la moto.

Si alguien tiene alguna duda, podéis plantearla en los comentarios.

¡Suerte con la venta!

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